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El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) frenó el inicio de las campañas electorales de los candidatos y candidatas que contenderán por los 60 ayuntamientos y las 299 presidencias de comunidad en el proceso electoral local.

Así lo determinó el Consejo General, luego de evaluar las solicitudes de registro que presentaron los diferentes partidos políticos y detectar que incurrieron en omisiones sobre las acciones afirmativas para incluir entre las candidaturas a personas indígenas, jóvenes, discapacidad y personas de la comunidad LGBTTTQ+.

Las diversas fuerzas políticas tampoco cumplieron, como lo establece la ley, el principio de paridad de género.

En consecuencia, los consejeros electorales decidieron reservar la aprobación del registro de las planillas de los candidatos y las candidatas para ayuntamientos y presidentes de comunidad de todos los partidos políticos y coaliciones.

Lo anterior significa que ninguno de los aspirantes a esos cargos de elección popular pudo iniciar su campaña electoral a partir de las primeras horas de este 30 de abril, conforme lo establece el calendario del proceso electoral local de Tlaxcala.

Y no podrán hacerlo hasta que los partidos políticos subsanen las observaciones; para ello, el Consejo General del ITE les otorgó un plazo de 48 horas a partir de que reciban una notificación oficial.

De acuerdo con informes oficiales del ITE, los partidos políticos solicitaron el registro de más de 12 mil 500 candidaturas a presidentes municipales, síndicos y regidores, así como presidentes de comunidad.

Incluso, aproximadamente 10 mil solicitudes fueron entregadas el último día del periodo de inscripción; es decir, el pasado 21 de abril.

Tras la determinación del ITE, la dirigencia estatal del PRD notificó y advirtió a sus candidatos y candidatas por los ayuntamientos y presidencias de comunidad que no pueden iniciar campañas electorales hasta que sus candidaturas sean debidamente aprobadas.

“Se está en espera de que el ITE apruebe las candidaturas, donde pueden surgir observaciones y requerimientos para todos los partidos, a efecto de cumplir con la documentación respectiva, la paridad de género y las acciones afirmativas”.

El artículo 51, fracción XXVII, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tlaxcala (Lipeet) establece que Consejo General del ITE tiene entre sus facultades el resolver sobre la validación de las solicitudes de registro de candidaturas a cargos de elección popular, presentadas por los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o aspirantes a una candidatura independiente.

Los consejeros deben emitir la resolución ocho días después de haber concluido el periodo de registro de candidaturas, el cual feneció el pasado 21 de abril, justo el mismo día en el que la mayoría de los partidos políticos hizo ese proceso.